Airbnb gana terreno: el CGREG se reúne para borrar el único freno al alojamiento encubierto
- Franklin Vega
- hace 23 horas
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El Pleno del CGREG se reunirá hoy para tratar, en primer debate, la derogatoria completa de la Ordenanza de Residencia, incluido el artículo 92, que prohibía cobrar por alojamiento mediante cartas de invitación. La decisión ocurre después de las presiones de Fanny Uribe —precandidata de ADN a la reelección— y del asambleísta oficialista Milton Aguas, mientras sigue sin presentarse una alternativa para controlar los Airbnb informales.

En Galápagos, una carta de invitación puede servir para recibir gratuitamente a un familiar o amigo. También puede convertirse en la coartada perfecta para alojar a un turista que, en realidad, pagó por una habitación o un departamento anunciado en Airbnb.
Cerrar esa puerta era el propósito del artículo 92 de la nueva Ordenanza Provincial que regula el flujo migratorio y la residencia. La disposición prohibía expresamente cobrar valores bajo la figura de una carta de invitación y facultaba al Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos (CGREG) a gestionar la revocatoria de la permanencia del turista si detectaba una transacción comercial.

El control, sin embargo, puede desaparecer antes de haber sido aplicado. La alcaldesa de Santa Cruz, Fanny Uribe, sostiene que el artículo nunca fue debatido ni votado por el Pleno del CGREG y que apareció posteriormente en el texto enviado al Registro Oficial. Su denuncia es grave y jurídicamente atendible. Pero la controversia adquirió otra dimensión cuando se confirmó que Uribe ya había sido escogida por Acción Democrática Nacional (ADN), el movimiento del presidente Daniel Noboa, para buscar la reelección.
El documento interno de ADN muestra que la alianza política se formalizó antes de que la alcaldesa exigiera retirar el artículo.
De 52 ofertas a 647 alojamientos
La expansión de los alojamientos ofrecidos mediante plataformas digitales no es un problema nuevo. Según la información recopilada por el sector hotelero y difundida por Bitácora Ambiental en 2024, desde 2015 las ofertas pasaron de 37 a 415 en Santa Cruz; de 15 a 224 en San Cristóbal; y de ninguna a ocho en Isabela.
En conjunto, los anuncios sumaban 647 casas, departamentos o habitaciones y alrededor de 3.208 plazas. Solo en Santa Cruz existían 415 ofertas frente a 152 hoteles, hostales, pensiones y otros establecimientos de alojamiento regulados.
La Asociación de la Industria Hotelera de Galápagos y la Cámara Provincial de Turismo advirtieron entonces que una parte de estos establecimientos no contaba con permisos de funcionamiento, registro turístico ni las obligaciones tributarias exigidas al sector formal.
Los hoteleros también denunciaron habitaciones compartidas ofrecidas desde ocho dólares por noche, con literas en las que podían dormir más de 12 personas. Mientras un hotel debe cumplir requisitos turísticos, municipales, tributarios, sanitarios y de seguridad, una vivienda presentada como familiar puede operar comercialmente con costos considerablemente menores.
La plataforma no es el problema por sí misma. Airbnb es apenas el escaparate. El problema aparece cuando una vivienda se transforma de hecho en alojamiento turístico, pero continúa registrada y controlada como residencia familiar.
En Galápagos, donde está prohibida la construcción de nueva infraestructura turística fuera de los mecanismos especiales de regulación, esa informalidad también permite ampliar clandestinamente la capacidad de alojamiento del archipiélago.
Un artículo necesario, pero posiblemente incorporado de forma ilegal
El artículo 92 no constituía una regulación integral de Airbnb. No obligaba a las plataformas a retirar anuncios, no establecía sanciones directas para los anfitriones y tampoco ordenaba cruzar información con el Ministerio de Turismo, los municipios o el Servicio de Rentas Internas.
Su alcance era más limitado: impedir que una persona ingrese como invitada cuando en realidad pagó por hospedarse. Además, su redacción presentaba problemas. Imponía al residente una imprecisa “responsabilidad solidaria” sobre la permanencia, las actividades y el retorno del turista, sin definir claramente sus límites. Tampoco desarrollaba el procedimiento, el estándar de prueba ni las garantías de defensa antes de afectar la autorización migratoria del visitante.
Pese a esas deficiencias, el artículo introducía una frontera indispensable: una carta de invitación no podía utilizarse para realizar una actividad comercial.
El 9 de julio, Fanny Uribe remitió al presidente del CGREG un oficio de diez páginas. Allí aseguró que el artículo 92 no constaba en el proyecto conocido y aprobado durante la sesión del 8 de junio.
La alcaldesa identificó también modificaciones en los artículos 91 y 93, tres disposiciones transitorias añadidas y cambios en la entrada en vigor de la ordenanza. No se trataría, por tanto, de una coma mal colocada o de un error de numeración, sino de la posible alteración sustancial de una decisión adoptada por un órgano colegiado.
Si esto se comprueba, el texto no puede mantenerse únicamente porque su objetivo resulte conveniente. Una autoridad administrativa no puede añadir después de la votación aquello que el Pleno nunca debatió.
Uribe pidió retirar el artículo 92, impedir su aplicación e investigar quién elaboró, incorporó, revisó, autorizó y remitió el archivo diferente al Registro Oficial. 1.pdf.

La candidata ya había sido escogida
La dimensión política aparece en las fechas. El 24 de junio, una semana antes de la publicación de la ordenanza, ADN realizó sus elecciones internas para las dignidades seccionales de Galápagos. Fanny Uribe figuró como única precandidata para la Alcaldía de Santa Cruz.
La lista recibió los 38 votos de los delegados presentes. Fue aprobada por unanimidad y no se presentaron impugnaciones. El acta registra, además, la presencia de un delegado del Consejo Nacional Electoral.
Por tanto, cuando Uribe pidió retirar el artículo 92 el 9 de julio, ya no actuaba solamente como alcaldesa y miembro del Pleno del CGREG. También era la precandidata electa del partido gobernante para conservar la Alcaldía de Santa Cruz en 2027. El asambleísta de ADN por Galápagos, Milton Aguas, se sumó pocos días después. Publicó un video, anunció un proceso de fiscalización y pidió certificar los textos debatidos, las actas, los videos y las grabaciones de las sesiones.
Su exigencia también es legítima. Lo llamativo es que ni Uribe ni Aguas han desplegado públicamente la misma energía para exigir el control inmediato de los alojamientos informales, el cruce de las cartas de invitación con los anuncios digitales o la notificación a las plataformas sobre las reglas especiales de Galápagos. La disputa política se concentra en desmontar un artículo cuestionado, pero no en reemplazarlo por una norma legítima y más fuerte.
¿Una negociación alrededor del CGREG?
La alianza entre Uribe y ADN plantea preguntas que hasta ahora no han sido respondidas.
¿La eliminación del artículo 92 forma parte de los entendimientos políticos para asegurar la candidatura de Uribe? ¿La alcaldesa utiliza su importancia electoral para influir en la designación de una Presidencia del CGREG cercana a su grupo? ¿ADN teme que, sin Uribe, el oficialismo pierda Santa Cruz o incluso Galápagos?
Ninguno de los documentos revisados prueba la existencia de ese intercambio. Afirmarlo como un hecho sería prematuro. Pero la coincidencia de intereses y decisiones exige transparencia.
La Presidencia del CGREG no es un cargo independiente del Ejecutivo. La Ley Especial establece que el representante del presidente de la República, con rango de ministro, preside el Pleno y ejerce la representación legal del organismo. Así lo recoge la normativa institucional del propio Consejo de Gobierno.
Uribe reúne ahora tres condiciones: es alcaldesa, integra el Pleno encargado de aprobar las ordenanzas provinciales y es la figura seleccionada por ADN para retener electoralmente el cantón más poblado y turístico del archipiélago.
Esto no demuestra un pacto. Sí configura un escenario en el que una decisión sobre control migratorio y alojamiento informal puede terminar atravesada por cálculos electorales y disputas por la conducción del CGREG.
La derogatoria entra en escena
El 21 de julio, el presidente del Consejo de Gobierno, Carlos Ortega, convocó a una sesión extraordinaria para la noche del miércoles 22. El primer punto es conocer un informe técnico-jurídico sobre las irregularidades detectadas. El segundo es tratar, en primer debate, la derogatoria completa de la ordenanza.
Ya no se plantea únicamente retirar el artículo 92 o corregir las diferencias. El CGREG pretende iniciar el proceso para eliminar toda la norma. La derogatoria puede ser necesaria si la alteración afecta buena parte del documento. Pero eliminar la ordenanza sin presentar inmediatamente un texto sustitutivo puede devolver el problema al punto de partida: cartas de invitación sin controles suficientes, alojamientos informales en expansión y ninguna obligación concreta para las plataformas digitales.
El defecto en la aprobación no vuelve innecesario el control. Obliga a aprobarlo correctamente.
La advertencia que Galápagos prefiere no escuchar
Mientras la política local discute candidaturas, ordenanzas y cargos, el Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO y la UICN llevan años advirtiendo sobre el crecimiento del turismo terrestre en Galápagos.
En 2023 cuestionaron la afirmación del Estado ecuatoriano de que el archipiélago mantenía un modelo turístico de “crecimiento cero”. Las cifras oficiales, señalaron, mostraban un incremento continuo de visitantes y una expansión concentrada principalmente en el turismo con alojamiento en tierra.
También advirtieron que este modelo implica mayores riesgos de ingreso y dispersión de especies introducidas que el turismo embarcado. El Comité pidió medidas urgentes para alcanzar el crecimiento cero, mantener la moratoria sobre nuevos proyectos turísticos y limitar el número de vuelos. La evaluación consta en las páginas 105 a 109 del informe oficial.
UNESCO no mencionó a Airbnb por su nombre. No hacía falta. La multiplicación de casas y departamentos convertidos en hospedajes encaja en las amenazas identificadas: crecimiento turístico, infraestructura de alojamiento, presión migratoria, actividades ilegales y aplicación deficiente de la Ley Especial.
Fanny Uribe puede tener razón al denunciar que el artículo 92 nunca fue votado. Pero si el resultado de su intervención política es que el control desaparezca y no sea reemplazado, los principales beneficiarios no serán la seguridad jurídica ni los residentes de Galápagos. Serán quienes descubrieron que, en las islas, resulta más barato operar un hotel clandestino que cumplir la ley.
Y mientras ADN calcula votos y reorganiza el poder alrededor del CGREG, la informalidad turística seguirá haciendo aquello que mejor sabe hacer en Galápagos: crecer sin permiso y casi siempre sin que nadie la controle.










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