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¿Puede el Municipio autorizar lo que su propia ordenanza prohíbe? El caso San José llega a los tribunales

  • Foto del escritor: Franklin Vega
    Franklin Vega
  • hace 57 minutos
  • 4 min de lectura

Cinco pisos frente al mar ponen a prueba las normas que protegen la Costa Norte de Santa Elena


La Justicia analizará si el Municipio de Santa Elena vulneró las normas urbanísticas y ambientales al autorizar un edificio de cinco pisos frente a la playa de San José. La Acción de Protección sostiene que el proyecto REVA San José S.A.S. incumple la ordenanza que limita la altura de las edificaciones en la Costa Norte y busca preservar la biodiversidad, el ordenamiento territorial y el desarrollo turístico sustentable. Estudios técnicos advierten que este tipo de intervenciones puede acelerar la erosión de las playas y aumentar los riesgos sobre el filo costero.


Detalle de las obras en la Playa de San José, en la Costa Norte de Santa Elena. Foto: Cortesía.
Detalle de las obras en la Playa de San José, en la Costa Norte de Santa Elena. Foto: Cortesía.

Este sábado 27 de junio, desde las 10h00, el juez Leonardo Fabián Lastra Laínez, de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en la parroquia Manglaralto, instalará la audiencia de la Acción de Protección No. 24202-2026-00314, un proceso que podría definir el futuro del desarrollo urbanístico de la Costa Norte de Santa Elena.

La acción fue presentada por el morador Eduardo López contra la alcaldesa del cantón Santa Elena, María del Carmen Aquino, y el procurador síndico municipal, Luis Fernando Sancho Loor. El demandante sostiene que el Municipio autorizó la construcción del proyecto inmobiliario REVA San José S.A.S., un edificio de cinco pisos ubicado frente a la playa de San José, pese a que la Ordenanza Complementaria al Plan de Ordenamiento Territorial de la Costa Norte establece límites expresos de altura para las edificaciones.

El artículo 10 de esa ordenanza dispone que dentro del polígono regulado la altura máxima permitida depende de la distancia respecto de la playa y, en todos los casos, concluye con una prohibición expresa: "En ningún caso se podrá construir edificaciones con más de tres pisos altos más planta baja."

La normativa no fue creada únicamente para regular la arquitectura. Su objetivo es proteger la biodiversidad, ordenar el crecimiento urbano y garantizar un desarrollo turístico sustentable en uno de los sectores ambientalmente más sensibles del litoral ecuatoriano. La propia ordenanza señala que todas las autorizaciones de construcción dentro del polígono deben sujetarse a estas reglas y adopta como principios rectores la sustentabilidad, la equidad territorial y el derecho a un hábitat seguro y saludable.

El proceso judicial también revisará la actuación del Municipio frente a las medidas cautelares. El pasado 30 de mayo la Unidad Judicial ordenó la paralización inmediata de la obra. Sin embargo, según consta en el boletín de prensa presentado por demandantes, los trabajos continuaron durante dos días antes de detenerse temporalmente. Posteriormente la empresa obtuvo la revocatoria de esa medida cautelar, mientras la Acción de Protección continúa su trámite.

Los demandantes sostienen que el problema trasciende un conflicto entre vecinos y una constructora. Argumentan que permitir excepciones a la ordenanza abriría la puerta para modificar progresivamente el perfil urbano de la Costa Norte y aumentaría la presión sobre playas que ya presentan limitaciones en abastecimiento de agua potable, saneamiento, movilidad e infraestructura turística.

La preocupación adquiere mayor relevancia debido a que el proyecto se ubica a unos 16 kilómetros de la Reserva Marina El Pelado y muy cerca del Bosque y Vegetación Protector Chongón-Colonche, dos áreas estratégicas para la conservación de la biodiversidad de la costa.

La decisión que adopte el juez Leonardo Fabián Lastra Laínez podría convertirse en un precedente para futuros desarrollos inmobiliarios en toda la Costa Norte de Santa Elena, al definir si las ordenanzas ambientales y urbanísticas son plenamente exigibles o si pueden ser flexibilizadas mediante autorizaciones administrativas.



| ¿Por qué limitar las construcciones junto al mar?

Un documento técnico elaborado por el ingeniero Roberto Palacios Dueñas explica que las playas funcionan como un sistema dinámico de equilibrio entre el mar y las dunas.

Según el análisis, las dunas absorben buena parte de la energía de las olas. Cuando son reemplazadas por estructuras rígidas o de gravedad —como muros o gaviones—, la energía rebota hacia el mar arrastrando arena y acelerando la erosión de la playa. Ese proceso provoca la desaparición progresiva de las dunas, el estrechamiento de la franja de arena y obliga a instalar nuevas estructuras de protección, generando un ciclo continuo de degradación.

El documento advierte que las consecuencias pueden incluir la pérdida de playa seca, reducción del atractivo turístico, desaparición de hábitats para especies marinas, afectación de las olas utilizadas para deportes acuáticos y un incremento del riesgo para las personas y las edificaciones ubicadas en el filo costero. También recuerda que Ecuador aprobó una Ley de Olas Rompientes precisamente para proteger estos ecosistemas por su importancia natural, turística y deportiva.


El antecedente: la Justicia ya frenó un proyecto de concreto sobre la playa en Manglaralto

El caso de San José no es el primer conflicto judicial relacionado con la protección del litoral de Santa Elena. En abril de 2026, la Unidad Judicial de Manglaralto concedió medidas cautelares y suspendió la construcción del malecón de Manglaralto, un proyecto de USD 3,3 millones impulsado por la Prefectura de Santa Elena y financiado con recursos del Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE).

La acción fue presentada por Franklin Vega y Milton Castillo, quienes argumentaron que la obra afectaba una playa utilizada para la anidación de tortugas marinas en peligro crítico de extinción y que existían riesgos ambientales que no habían sido adecuadamente considerados.

Posteriormente, el Ministerio del Ambiente emitió una nueva normativa que reforzó la protección de las playas de anidación de tortugas marinas, dejando sin sustento técnico varios de los componentes del proyecto. La medida judicial mantuvo suspendidas las obras mientras continúa el análisis de fondo del caso.

Al igual que ocurrió con Manglaralto, la Acción de Protección sobre el proyecto REVA San José plantea una pregunta de interés público: ¿deben prevalecer las normas ambientales y de ordenamiento territorial cuando existen dudas sobre la legalidad de una autorización administrativa?

 
 
 

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