Tortugas marinas: una jueza frenó el hormigón en Manglaralto, Manta enfrenta a Patio 600 y la Asamblea recibe un proyecto para que las playas de anidación no dependan de la suerte
El asambleísta Franklin Samaniego presentó el 5 de octubre un proyecto que reforma el Código Orgánico del Ambiente (COA) para declarar intangibles las playas de anidación de tortugas marinas. Nace de casos como el malecón de Manglaralto y mira de reojo lo que ocurre en la playa El Murciélago, en Manta. El texto es ambicioso, pero su filo depende de un inventario que todavía no existe.

Cuando una jueza tiene que parar una obra de USD 3,3 millones para que no se vierta concreto sobre una zona de desove, la pregunta incómoda no es por qué lo hizo, sino por qué hizo falta. Esa es la apuesta del proyecto que el asambleísta Franklin Samaniego ingresó a la Asamblea Nacional: que proteger una playa de anidación deje de depender de que alguien llegue a tiempo a una audiencia.
El proyecto, registrado como trámite 487001, propone declarar intangibles y bajo protección estricta las playas y zonas marino-costeras inventariadas como sitios de anidación, y prohibir ahí las obras, la extracción de arena, el tráfico vehicular y la contaminación lumínica y acústica. Por ahora apenas empieza su recorrido legislativo.
Manglaralto: el concreto que paró una jueza

En julio de 2026, en Manglaralto (Santa Elena), una jueza constitucional suspendió mediante una acción de protección un proyecto de malecón impulsado por la Prefectura. Según la exposición de motivos del proyecto de ley, la obra costaba USD 3,3 millones y pretendía colocar concreto y maquinaria pesada sobre una zona activa y documentada de desove de tortugas golfina y carey. Expreso reportó que el fallo invocó el riesgo para los nidos, el principio de precaución y los derechos de la naturaleza, con medidas de reparación y no repetición.
El detalle más revelador no es el cemento, sino quién estaba en la sala. Según el propio proyecto, la autoridad ambiental nacional compareció a defender un permiso de bajo impacto. Es decir, el ente que debía cuidar el nido defendía la obra que lo amenazaba.
Manta: la playa donde las golfinas ya eclosionan

El 26 de agosto, el Terminal Portuario de Manta (TPM) anunció la ampliación del Patio 600: más de USD 2,3 millones, tres hectáreas, unos 180 días de obra y cerca de 300 empleos directos. El sitio queda junto a El Murciélago, la playa urbana donde llega la tortuga golfina. Su temporada de anidación y eclosión va de octubre a marzo.
Colectivos ambientalistas y vecinos marcharon días después. Eduardo Jurado, de la Junta Cívica de Los Esteros, sostiene que se retirarían unos 30.000 metros cúbicos de playa y que la intervención no sería temporal, pues incluiría cerramientos y escollera. TPM responde que tiene permiso ambiental vigente, que habrá monitoreo y que instalará luminarias especiales para no dispersar la luz.
La alcaldesa Marciana Valdivieso afirmó que el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y el Plan de Uso y Gestión de Suelo de Manta limitan esa zona como Área de Conservación y Uso Sostenible (ACUS), y que el Municipio envió oficios al Ministerio de Ambiente. Un permiso ambiental contra un plan de ordenamiento, con la playa en el medio. Mientras tanto, a mediados de septiembre la Fundación RACSE liberó decenas de crías de golfina en esa misma arena. Nadie necesita un inventario para saber que ahí hay nidos.
El mismo vacío, tres veces

Manglaralto y Manta comparten el patrón que la exposición de motivos describe: la protección de las playas de anidación vive en acuerdos ministeriales, manuales técnicos y resoluciones locales, una jerarquía legal demasiado baja frente a la presión del cemento. El proyecto cita además el Plan de Acción para la Conservación de las Tortugas Marinas 2021-2030, que identifica como amenazas de impacto alto la luz artificial en las playas, el urbanismo desmedido, los vehículos y la depredación de nidos por animales domésticos y ferales.
Según sus cifras, 45% de los nidos protegidos de tortugas marinas en el Ecuador continental está en playas fuera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, y Manabí y Esmeraldas concentran el 90% de esos nidos. Son datos del proyecto.
Y está el aviso de lo que viene después de la sentencia. En Playa Bikini, Manabí, tribunales ordenaron a inicios de 2025 prohibir la extracción de arena y la circulación de vehículos para proteger a la tortuga laúd. Un año después, según un reporte de febrero de 2026, esas actividades continuaban y el caso seguía en investigación previa en la Fiscalía.
Intangibilidad. Las playas y zonas marino-costeras identificadas como sitios de anidación quedan bajo protección estricta durante los periodos reproductivos (reforma al numeral 4 del artículo 35 del COA).
Prohibición absoluta de perturbación antrópica, alteración de la capa de arena, retiro de defensas naturales y contaminación lumínica y acústica en las playas inventariadas. Quedan vedadas las obras públicas o privadas y los permisos de construcción, y la extracción de arena de mar o de dunas para fines constructivos.
Más obligaciones para los GAD. Los provinciales controlarán las autorizaciones en esas zonas y los municipales regularán turismo, uso de suelo y construcción, siempre en coordinación obligatoria con la Autoridad Ambiental Nacional. Deberán integrar los mapas en sus PDOT y regular la circulación de animales domésticos en época de reproducción y eclosión.
Revisión de permisos vigentes. Los otorgados o en trámite dentro de zonas identificadas pasarían por una evaluación de impacto y podrían ser modificados, suspendidos o revocados.
Fiscalía. Toda captura, recolección de nidadas, faenamiento o comercialización de tortugas o sus subproductos se remitirá a la Fiscalía por el delito contra la flora y fauna silvestres del artículo 247 del COIP, con pedido de la pena máxima si ocurre en periodos y zonas de anidación.
La letra pequeña
Primero el inventario. La prohibición rige para playas "inventariadas y categorizadas" por la Autoridad Ambiental, que tendría 180 días desde la publicación de la ley en el Registro Oficial para levantar ese inventario. Hasta entonces, el candado no tiene llave. Después, los GAD costeros tendrían 90 días para adecuar sus planes y ordenanzas.
La normativa que se critica. Las obras quedan prohibidas "conforme a las distancias técnicas" que fije la normativa secundaria. Es la misma normativa que la exposición de motivos califica de frágil frente a los vaivenes políticos.
La ficha dice "ninguno". En la ficha de verificación que acompaña al proyecto, la propuesta declara cero carga económica y ningún efecto secundario negativo ni conflictividad. Es difícil de creer de una norma que exige un inventario nacional, obliga a reformar planes de ordenamiento y puede revocar permisos ya entregados.
Quién vigila. Playa Bikini muestra que prohibir no es lo mismo que hacer cumplir. El proyecto asigna tareas al Ministerio de Ambiente, al Instituto Nacional de Biodiversidad, a la Fiscalía y a los GAD, pero no crea recursos nuevos para fiscalizar.
La revisión de permisos vigentes es el punto donde la reforma tendría dientes y donde se librará la pelea. Un caso como el de Manta sería exactamente el tipo de disputa que ese artículo busca ordenar. Si El Murciélago entrara en el inventario es otra cuestión, y la decide la autoridad ambiental, no el proyecto.
Qué sigue
El memorando fue dirigido a la presidenta de la Asamblea, Mishel Mancheno, el 5 de octubre y se recibió ese mismo día. Corresponde a la Secretaría General distribuirlo y publicarlo, a la Unidad de Técnica Legislativa elaborar un informe no vinculante y, luego, remitirlo al Consejo de Administración Legislativa. El proyecto lleva respaldos de otros asambleístas en sus hojas de firmas.
Las golfinas ya están en la playa y su temporada va de octubre a marzo. El Legislativo corre contra el mismo calendario, aunque rara vez al mismo ritmo. Si la ley demora más que una temporada de anidación, el próximo malecón o el próximo patio de contenedores volverá a depender de una jueza, un colectivo con una pancarta y la suerte.




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